Portada » Permisos
Te preparamos para todos los permisos de conducir, y lo hacemos de manera eficiente para que consigas el aprobado tanto en el examen teórico como en el examen práctico.
A-1: Motocicletas con una cilindrada de hasta 125 cm3. Edad 16 años.
A-2: Motocicletas con una potencia máxima de 35 Kw. y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/kg.
Edad 18 años.
A: Motocicletas y triciclos de motor. Edad 20 años.
B - TURISMOS
Autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no excede de 3.500 kg y que transporten no más de ocho personas y el conductor. Podrán enganchar un remolque de hasta 750 kg de masa máxima autorizada.
Triciclos y cuadriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo es de 18 años.
C-1: Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg, no más de ocho pasajeros además del conductor. Edad para obtenerlo 18 años y tener el permiso B en vigor.
C: Automóviles cuya masa máxima exceda de 3500 kg. La edad mínima es de 21 años (18 en caso de tener Certificado de Aptitud Profesional).
D-1: Automóviles para el transporte hasta 17 personas incluido el conductor. La edad mínima es de 21 años y ser titular del permiso B en vigor.
D: Automóviles para el transporte de más de 17 personas más el conductor. La edad mínima es de 24 años y ser titular del permiso B en vigor.
C+E TRAILER
Vehículo que autoriza el permiso C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La obtencion de este permiso implica la concesión del B+E y del C1+E.
Edad para obtenerlo, 21 años (18 años con Certificado de Aptitud Profesional).
Requerido para la conducción profesional de los vehículos que autoriza a conducir el permiso de la clase C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E, deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1032/2007, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte por carretera.
Los conductores que tuvieran el permiso de conducir de la clase D1 o D con anterioridad al 11 de septiembre de 2008.
Los conductores que tengan que hacer la formación inicial para obtener el carnet de conducir profesional o carnet CAP, tendrán que hacer estos cursos de formación continua cada cinco años para renovar dicho carnet.
Obligatorio para los conductores que tuvieran el permiso de conducir de la clase C1, C1+E, C o C+E con anterioridad al 11 de septiembre de 2009.
También para los conductores que tengan que hacer la formación inicial para obtener el carnet de conductor profesional o carnet CAP tendrán que hacer los cursos de formación continua cada cinco años para renovar dicho carnet.
El transporte de mercancías peligrosas por carretera está especialmente regulado debido a los riesgos específicos que puede representar. Por ello es obligatorio para la conducción de estos vehículos la autorización ADR.
Requisitos para obtenerlo:
Estar en posesión de, al menos, el permiso de la clase B, con una antigüedad mínima de un año.
Haber realizado con aprovechamiento un curso de formación.
Superar el correspondiente examen teórico en la Jefatura Provincial de Tráfico (JPT).
Examen psicotécnico equivalente al del carnet C1.
Residencia Habitual en España.
Renovación de la autorización ADR:
Esta autorización tiene fecha de caducidad, cinco años desde que se aprobó el Básico y debe renovarse antes de que caduque.
Para la renovación, deben cumplirse los mismos requisitos que para obtenerla, con la diferencia de que el curso durará, al menos, la mitad de horas.
¡¡¡Aprueba el examen teórico en 2 semanas!!!
Tenemos los mejores profesores de Teórica que te ayudaran en lo que necesites, para que puedas adquirir los conocimientos teóricos necesarios, para conducir con seguridad y poder aprobar el examen teórico.
85% de aprobados a la PRIMERA
Anímate y no te lo pienses más, ¡¡APÚNTATE YA!!
Calle de la Oca, 52, 28025, Madrid
Calle Illescas, 183, 28024, Madrid